Ley de protección de datos
Riesgos laborales


El Nuevo Reglamento General de Protección de Datos RGPD a partir del 25 de Mayo de 2018 (Obligado Cumplimiento)
Tanto la actual LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) como el RGPD (Reglamento Europeo de Protección de Datos, obligatorio a partir del 25 de Mayo de 2018) obligan a todas aquellas actividades que traten datos personales a cumplir una serie de requisitos formales y documentales, para que este tratamiento se realice de forma correcta y legal.
Requisitos Legales
- Adaptación Reglamento (UE) 2016/679 de Protección de datos (RGPD-GDPR)
- Inscripción de ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
- Información en la Recogida de datos.
- Redacción del documento de seguridad.
- Adopción de medidas de seguridad exigidas (ej.: Documento de Seguridad).
- Redacción de las Funciones y Obligaciones del Personal.
- Diseño de Plan Formativo (A Consultar)
- Asignación de un Delegado de Protección de Datos (DPO) si hiciese falta.
La comunidad de propietarios, actuando como empresario titular, debe cumplir con lo establecido en los artículos 6, 7 y 8 del Real Decreto 171/2004
Por lo tanto, la comunidad de propietarios tiene que facilitar a todas las empresas o trabajadores autónomos una documentación que consiste en la evaluación de riesgos con sus medidas preventivas y de emergencia.
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